ASISTENCIA SOCIAL
Los Trabajadores que forman parte de nuestra Mutual son los únicos trabajadores del país que no están incluidos dentro del Artículo 14 bis de nuestra CONSTITUCION NACIONAL, la cual dice que: "El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna." Solo los trabajadores en relación de dependencia cuentan con estos beneficios que enumera nuestra Constitución, aunque en ella no discrimina a los Independientes o Monotributistas y a los Autónomos.
AYUDENOS A LOGRAR QUE TODOS TENGAMOS LOS MISMOS DERECHOS Y BENEFICIOS SOCIALES, asociándose a nuestra entidad HAREMOS FUERZA PARA QUE NOS PODAMOS CONTAR CON LAS MISMAS COBERTURAS.